¿Dónde puedo tramitar la herencia?

Con el fallecimiento de una persona poseedora de bienes muebles e inmuebles, se desencadena la confección de lo que se denomina “cuaderno particional de herencia” y/o “acta de notoriedad de herederos” ante notario. Si bien la declaración de herederos se basa en el reconocimiento del derecho a percepción de estos, el cuaderno particional trata de encuadrar de qué está conformada la masa hereditaria y los porcentajes y forma de percepción de cada interviniente de acuerdo a lo indicado en testamento.

Este es el primer punto importante donde interviene el asesor fiscal: una vez conocido el contenido del testamento del causante, el asesor fiscal valorará los siguientes factores influyentes:

  • Valoración de los inmuebles: de cara a la venta en el futuro de cada inmueble asignado, se deberá tener en cuenta por qué valor se hereda éste por el perceptor. Así, ajustaremos lo más posible la tributación en IRPF futura, sin tener que recibir declaración complementaria de la Comunidad Autónoma y disfrutando lo más posible de los beneficios fiscales aplicables.
  • Rendimientos de planes de ahorro y fondos de inversión: de existir este tipo de productos, deberemos tener en cuenta el patrimonio existente y la diversificación de éste por cada heredero y saber qué impacto positivo o negativo podría tener en la declaración de renta de cada uno.

Habiendo cubierto este paso, vamos a por la plusvalía municipal: como subrayamos en líneas anteriores, el cálculo de ambos impuestos conlleva una ardua tarea y el conocimiento de temas civiles y fiscales.

Sin embargo, ¿una herencia es sólo el impuesto de sucesiones y la plusvalía municipal? Evidentemente, no. Hay detrás toda una serie de obligaciones formales y administrativas que cumplir para que la imagen fiel del patrimonio del sucesor aparezca efectivamente a nombre de los sujetos herederos.

 

¿Qué debemos saber sobre herencias?

¿Cómo funciona el reparto de una Herencia?

Para calcular la base del impuesto de sucesiones será necesario tener en cuenta el grupo en el cual se encuentra el heredero y la Comunidad Autónoma a la que pertenecía el fallecido.

 

¿Cuál es el plazo para aceptar una herencia?

El plazo es de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogable previa petición en otros 6
meses adicionales.

 

¿Cómo se reparte la herencia si no hay testamento?

Se tiene que optar por la vía del acta de notoriedad de herederos.

 

¿Qué hay que pagar por una herencia?

Impuesto sobre Sucesiones, plusvalía municipal, cambio de titularidad del vehículo, registros de la propiedad…

 

¿Cómo se divide la herencia?

Se divide atendiendo a lo expuesto en testamento por el fallecido: de no existir, se atiende a los lazos estipulados en el código civil.

 

¿Qué es un tercio de herencia?

Existen 3 tercios de reparto hereditario: el tercio de herencia legítima, el tercio de mejora y el tercio de libre disposición.

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